De las casas



Una casa de la “Fraternidad del Santo Nombre” necesitará como requisito indispensable una habitación destinada a oratorio bendecido por un sacerdote o mejor, una capilla consagrada por el Sacerdote u Obispo del lugar.

Deberá contar como mínimo con un espacio para tareas comunes (Sala de estudio, comedor, biblioteca etc).

Deberá contar con una habitación (celda) para cada hermano que viva allí de manera estable o que pernocte en el lugar.

De lo anterior queda que la constitución mínima de una casa será de tres habitaciones (celdas) habida cuenta de que el número mínimo para fundar una casa de la Fraternidad es de tres hermanos/as, un oratorio o capilla y una sala multiuso como espacio comunitario, además del baño y la cocina.

Ojalá puedan los hermanos/as interesados acceder en comodato o préstamo al uso de monasterios o casas religiosas hoy deshabitadas o en mal estado, para bien de ellos y de la Santa Iglesia, atacada hoy por todos los frentes, pero sobre todo por una cultura alienada en el consumo y la banalidad.

Se favorecerá el intercambio de miembros entre casas anualmente, a fin de que la experiencia de unos sirva a otros de regiones distantes.

Se alentará el contacto por vía virtual y personal entre los coordinadores de cada casa, para fortalecer el vínculo entre las mismas y para enriquecimiento mutuo.

Llamaremos monasterio de la Fraternidad a aquella casa en donde habiten de manera estable doce hermanos/as.